Sindicato Médico

de La Rioja

 

 

BOLETIN INFORMATIVO CESM-RIOJA

(14-XI-14)

Reunión de Mesa Sectorial del SERIS, con los siguientes temas, como continuación de anteriores reuniones:

 

Oferta Pública de Empleo de 2015.

La oferta de empleo para médicos en 2015 se ha concretado con 16 plazas en atención especializada y con la siguiente distribución:

 

Categoría
Nº de Plazas
FEA de Anatomía Patológica
1
FEA de Anestesiología y Reanimación
2
FEA de Aparato Digestivo
1
FEA de Cardiología
2
FEA de Medicina Intensiva
1
FEA de Obstetricia y Ginecología
2
FEA de Oftalmología
1
FEA de Traumatología y Ortopedia
1
FEA de Urología
1
FEA de Nefrología
1
Medico de Urgencia Hospitalaria
3

 

 

Jornada y temas varios.

 

Hoy nos han presentado la última y definitiva propuesta de acuerdo de la Administración. Se ha dedicado la mayor parte del tiempo de la reunión a explicar detenidamente cada uno de los puntos y a aclarar su contenido. Se ha recogido algún último matiz o aclaración y al finalizar se ha aplazado la reunión para decidir la firma o no del acuerdo para el próximo lunes.

Los términos de la propuesta, como ya informábamos en el último boletín, los resumimos en lo siguiente:

 

A.- Ámbito de aplicación: Personal funcionario y estatutario del SERIS (Además se incluye un apartado para los MIR).

 

B.- Realización de Jornada:

1.- El factor ponderador del horario nocturno para el personal que parte de su jornada ordinaria se realiza en turno de noches pasa de 1.20 a 1.25 de forma que los que trabajen 42 o más noches al año disfrutarán de 21 horas (3 jornadas diurnas) más de libranza al año. Para el resto la reducción de jornada será prporcional al número de horas nocturnas que hagan.

 

2.- Se podrán presentar propuestas organizativas que incluyan horarios que se separen de los establecidos con carácter general, siempre que concurran las circunstancias, y cumpliendo los requisitos que a continuación se señalan:

a) Deberán referirse a la totalidad de un equipo de atención primaria, centro, servicio o unidad clínica.

b) Deberá suponer una mejora para cubrir las necesidades de los usuarios.

c) Incluirá la definición de objetivos, su valoración, y el compromiso de su cumplimiento.

d) Quedará garantizada el mantenimiento o mejora de la actividad realizada.

e) Podrán consistir en proyectos en base a las normas de la gestión clínica y que contengan propuestas de horarios específicos.

Estas propuestas organizativas serán estudiadas por la Dirección del Área de Salud que elevará una propuesta concreta organizativa, pudiéndola estudiar con los proponentes. La Resolución se llevará a cabo por la Gerencia del Servicio Riojano de Salud o por el Consejero, según los casos y en base a la competencia afectada, que en todo caso se producirá en un plazo de tres meses, o en el tiempo que el propio estudio o aclaraciones con los afectados por la propuesta exija.

 

3.- Cuando los profesionales sanitarios de medicina de familia, pediatría o enfermería, adscritos a los equipos de atención primaria, asuman la actividad asistencial de otro profesional por ausencia de éste, el tiempo programado para la realización de esa actividad le será computado a efectos del cumplimiento de la jornada de trabajo, con el límite de diez horas mensuales. La compensación se imputará al horario de tarde cuando el profesional tenga horario de mañana; o al horario de mañana cuando el profesional tenga horario de tarde.

 

C.- Actividades de formación fuera del horario imputable a la jornada

1.- Se podrá imputar hasta un máximo de 15 horas (2 días) anuales al cumplimiento de la jornada anual de trabajo cuando se justifique la realización de actividades de formación fuera del horario de trabajo.

En líneas generales la formación será la que se contabilizaba a efectos de carrera profesional, la acreditada y la organizada por el SERIS, la Escuela Riojana de Administración Pública. Si la actividad está cuantificada en créditos, equivaldrá 1 crédito a 10 horas de formación.

El disfrute de este permiso no debe suponer coste económico (no se sustituirá) y se atenderá en lo posible a la solicitud del interesado.

 

D.- Grupos de trabajo

Las partes firmantes de este Acuerdo constituirán grupos de trabajo para analizar las condiciones de trabajo del personal de urgencias hospitalarias, SUAP, refuerzos y 061. No obstante, las partes firmantes podrán redefinir el número y cometidos de los grupos de trabajo en atención a las circunstancias de cada momento. Los grupos de trabajo presentarán a la Mesa Sectorial, como propuesta de las partes firmantes de este Acuerdo, un informe de situación, expresivo del trabajo realizado en el grupo, que deberá contener las propuestas de mejora correspondientes.

 

E.- Promoción internas temporales

Cuando en aplicación de la lista de empleo temporal deba ser llamada una persona que se encuentre en activo en el Servicio Riojano de Salud, en virtud de un nombramiento estatutario fijo o equivalente en una categoría distinta a la del llamamiento, se le ofertará una promoción interna temporal de acuerdo con lo previsto en el Capítulo VII del Título II del Decreto 2/2011, de 14 de enero, siempre y cuando se prevea que el nombramiento temporal lo será con una duración igual o superior a tres meses.

 

F.- Personal residente en formación

1.- Las partes firmantes de este Acuerdo entienden, y así lo manifiestan para que sea remitido a los órganos correspondientes, que el tiempo dedicado a la formación obligatoria del personal residente en formación incluida en el Plan Transversal, fuera del horario habitual que en cada caso concreto corresponda, deberá ser computado como jornada efectiva de trabajo.

2.- Cuando el personal residente de primer o segundo año impute a la jornada de trabajo, en aplicación del punto 1, menos de quince horas al año, podrá alcanzar dicha cantidad con la realización de actividades formativas específicas para el personal residente en formación organizadas por el Servicio Riojano de Salud y que se realicen fuera del horario habitual, de manera que la hora de formación equivalga a una hora de jornada efectiva.

3.- Cuando el personal residente de tercer año y siguientes impute a la jornada de trabajo, en aplicación del punto 1, menos de treinta horas al año, podrá alcanzar dicha cantidad con la realización de actividades formativas o de investigación específicas para el personal residente en formación organizadas por el Servicio Riojano de Salud y que se realicen fuera del horario habitual. En este caso, el tiempo dedicado a actividades formativas o de investigación computará, hasta las primeras 15 horas, a razón de hora de formación por hora de jornada; y a partir de la decimosexta hora, a razón de hora de formación por media hora de jornada.

*** Los MIR de 1º y 2º año tienen una formación obligatoria fuera de su jornada de 30-45 horas anuales. Los Residentes mayores no alcanzan esas cifras por lo que se ha incluido el punto 3 para poder llegar a las 30 horas anuales. Estas horas serán restadas a las 10 horas mensuales de guardia que se imputan al aumento de jornada.


G.- Estabilidad en el empleo

Las partes se comprometen, durante la vigencia del Acuerdo, a consensuar medidas tales como concursos de traslados, promociones internas, nombramiento de personal interino, etc. que permitan la disminución de nombramientos temporales eventuales, de manera que se reduzca significativamente la precariedad en el empleo y se aumente la estabilidad en la ocupación de la plantilla del Servicio Riojano de Salud.


H.- Vigencia.

Las prescripciones de este Acuerdo se refieren a 2015 y 2016. Este Acuerdo se prorrogará de año en año si no mediara denuncia expresa de una de las partes, que deberá comunicarse con una antelación de tres meses a la fecha de finalización.

*** Todos los sindicatos no hemos mostrado contrarios a un acuerdo de más de un año. Es posible que se incluya una cláusula de revisión para el 2016.

 

Este es aproximadamente el contedido de la propuesta y en la próxima reunión veremos si se firma y qué sindicatos lo hacen.

 

Como es habitual, os invitamos a participar con vuestras opiniones e ideas. Os recordamos que esta información, y toda la demás la podéis consultar en nuestra página, en la que también encontrareis la manera de contactar con nosotros:

www.smrioja.com