|
|
Sindicato Médico de La Rioja |
Reivindicaciones de CESM-RIOJA para los Médicos de Familia de Refuerzo
MEDICOS DE REFUERZO
Jornada máxima de 2065 horas para el año 2007, de las que 1506 horas corresponden a la Jornada Ordinaria y hasta un máximo de 559 horas anuales a la Jornada Complementaria de Atención Continuada.
Retribución del Complemento de Productividad Fijo por TIS en los periodos en que el trabajo realizado sea el de Sustitución de un profesional de EAP, pues el Acuerdo para el Personal del SERIS en su Artículo 59 sobre Retribuciones marca que: “serán las establecidas para un Médico de Familia en Atención Primaria en el puesto de trabajo que desempeñen".
Cumplimiento de todos los puntos del Acuerdo para el Personal del SERIS, en especial del Artículo 58, punto a) en el que se fija que “se establecerá un calendario trimestral” y del Artículo 60: Derechos: "Con carácter general son los establecidos para el personal estatutario".
Derecho a traslado a plazas de EAP de los médicos con plaza
en propiedad de Médico de Familia de Refuerzo, en las condiciones marcadas para
el resto de profesionales.