Sindicato Médico

de La Rioja

 

 

BOLETIN INFORMATIVO CESM-RIOJA

(3-XI-15)

Nueva reunión de la Mesa Sectorial de Salud donde se trataron los siguientes temas, en lo que nos afecta a los médicos:

Bases de la OPEs (baremos del concurso de méritos):

En lo referente a los médicos las bases de las oposiciones de F.E.A. de las diferentes especialidades se mantiene básicamente similar al de años previos, con unos leves ajustes:

  • Se admite que puedan aprobar hasta el doble de aspirantes que el número de plazas ofertadas. Antes era un 50% más y ahora se ha subido al 100%. A pesar de todo, nosotros seguimos pensando que en las oposiciones en las que se ofertan 1 ó 2 plazas sigue siendo insuficiente el número máximo de aprobados en la fase de oposición y que puedan pasar al concurso de méritos.
  • El proceso de inscripción será exclusivamente telemático, a traves de firma digital. Queda pendiente de acabar de diseñar el programa informático de inscripción.
  • Se establece el sistema de desempate, en caso de que lo haya, mediante el expediente universitario, la formación especializada, la experiencia profesional, otros méritos y el orden alfabético del primer apellido comenzando por la letra D, por este orden.
  • Modificaciones del baremo:
    • Se corrige la fórmula de la formación universitaria ya que en convocatorias anteriores tenía un error.
    • Se adecua el baremo también a los estudios universitarios actuales (Plan Bolonia).
    • La formación continuada se referencia a créditos CFC y la formación que todavía quede expresada en horas se contemplará a razón de 10 horas = 1 crédito.

 

Concursos de traslados (Médicos):

Nos informan de la propuesta de la Administración en relación a la oferta de plazas para los concursos de traslados de Peditra de AP y de Médico de EAP.

Respecto a los pediatras, se ofrecen 9 plazas de Pediatra de Área, en la siguientes zonas de preferencia:

 

ZBS N
Alfaro
1
Arnedo
2
Calahorra
1
Alberite
1
Haro
1
C.S. Espartero
1
C.S. Siete Infantes
1
C.S. Cascajos
1

 

Las plazas ofertadas para los traslados de Médicos EAP son 35, 13 de ellas de Médico de EAP en puesto de Refuerzo de Área y 22 en diferentes cupos. Estas últimas son:

ZBS
Disponibles
Ofertadas
Alberite
1
0
Arnedo
1
1
Calahorra
8
7
Cervera
2
2
Nájera
1
1
Navarrete
1
1
Sto. Domingo
2
2
Torrecilla
1
0
C.S. Cascajos
1
0
C.S. Espartero
2
1
C.S Gonzalo de Berceo
1
0
C.S. Elizalde
4
4
C.S. Labradores
2
1
C.S. Rodriguez Paterna
1
0
C.S. Siete Infantes
1
1
C.S Guindalera
1
1
TOTAL
30
22

Entendemos por disponibles aquellas que no estan ocupadas por un médico propietario de la plaza y por lo tanto son susceptibles de ser ocupadas mediante concurso de traslados u oposición. Éstas plazas pueden estar vacantes u ocupadas, bien sea por médico en comisión de servicios, por médico de otra categoría en promoción interna temporal o por un médico interino.

Las plazas que la Administración no quere ofertar para se ocupadas por el concurso de traslados son 8, en concreto las siguentes:

Alberite: Ocupada en comisión de servicios. En esta ZBS hay una sentencia judicial pendiente de resolución en la que se impugnaba una jubilación, por lo que la Administración la quiere dejar sin ofrecer por si el juzgado les obliga a readmitir al médico.

Calahorra: Hay una plaza cubierta por un propietario en comisión de servicios al puesto de Director de ZBS.

Torrecilla: Ocupada por un médico en Promoción Interna Temporal.

C.S. Cascajos: Ocupada por un médico en Promoción Interna Temporal.

C.S. Espartero: de las 2 plazas disponibles que hay, se oferta 1 y la otra esta ocupada por un médico en Promoción Interna Temporal.

C.S. Gonzalo de Berceo: Una plaza cubierta por un interino en el puesto de Director de ZBS.

C.S. Labradores: Se oferta sólo 1 plaza ya que la otra esta cubierta por un interino en el puesto de Director de ZBS.

C.S. Rodriguez Paterna: Una plaza cubierta por un interino en el puesto de Director de ZBS.

 

Nosotros, en CESM, pensamos que deben ser ofrecidas TODAS las plazas disponibles ya que cualquier médico de EAP con plaza en propiedad tiene más derecho a ocupar estas plazas que un médico de otra categoría que la ocupa en promoción interna temporal o que un médico interino aunque éste haya sido nombrado Director de ZBS. En ambos casos los nombramientos tiene carácter temporal y no genera ningún derecho sobre la plaza, tal y como se recoge en la corrspondiente normativa, y sí genera ese derecho el haber obtenido un nombramiento como personal estatutario fijo como médico de EAP.

 

La reunión quedó suspendida por falta de tiempo, y quedamos emplazados para continuar con el resto de los temas del orden del día el la semana próxima.

 

Como es habitual, os invitamos a participar con vuestras opiniones e ideas. Os recordamos que esta información, y toda la demás la podéis consultar en nuestra página, en la que también encontrareis la manera de contactar con nosotros: