DESARROLLO DEL ACUERDO DE REFUERZOS

 

 

-         NÚMERO: 57 PLAZAS DE MÉDICO Y 37 DE ENFERMERAS

 

 

-         OCUPACIÓN DE PLAZAS:

o       1º.- LISTADO ORDENADO DE REFUERZOS

·        antigüedad como refuerzo (con nombramiento) en la Comunidad Autónoma de La Rioja .- en caso de empate, se ordenarán por antigüedad en el sistema público de salud.

·        1.b.- listado ordenado de personas que hayan tenido contratos como refuerzo (estén o no en lista de interinidades), evaluando sólo el tiempo trabajado, computándoseles el tiempo como refuerzo en La Rioja (en horas) el doble que el tiempo que con otros contratos. En esta nueva lista, de aplicación únicamente para este contrato en este momento, constarán sólo aquellas personas con un mínimo de 24 jornadas como refuerzo en los años 2005 y 2006.. En todos estos casos el nombramiento será inexcusablemente de área.

 

o       2º.- LISTADO DE PLAZAS (en el listado constará la zbs para su elección por los facultativos con nombramiento antes del 2006 y el área para el resto)

 

o       3º.- LOS REFUERZOS ELIGEN POR ORDEN

§         si se mantienen en su zbs, no serán de Área

§         si eligen marcharse de su zbs de forma voluntaria,  serán adscritos al área que elijan.

§         Si tienen que elegir otra zbs por haberse ocupado las plazas correspondientes  por los refuerzos con mayor puntuación,  podrá elegir ser de otra zbs o de área.

§         Los profesionales que tienen nombramiento de refuerzo posteriores al 1-1-2006, sólo podrán elegir entre las tres áreas.

 

 

o       4º.- LA OCUPACIÓN DE LAS PLAZAS QUE SE DEJEN VACANTES CON LA APLICACIÓN DEL PUNTO ANTERIOR SERÁN OFRECIDAS POR LA LISTA DE INTERINIDADES VIGENTE.

§         Como salvedad, no se penalizará a los de la lista que rehúsen estas plazas.

 

o       5º.- PARA CUBRIR LAS PLAZAS QUE CONTINÚEN VACANTES TRAS TERMINAR LA LISTA DE INTERINIDADES, SE ESTABLECERÁ UNA CONVOCATORIA (con el baremo habitual).

 

 

-         NOMBRAMIENTO: COMO INTERINO EN PLAZA VACANTE.

o       SE ADMITE QUE A ESTOS REFUERZOS SE LES OFRECERÁN LAS PLAZAS VACANTES INDEFINIDAS COMO “MEJORA DE EMPLEO”. (En ningún caso otro tipo de ausencias como Descansos maternales, IT de larga evolución,..., que deberán ser cubiertas por la lista de interinidades.)

 

 

-         FUNCIONES: SEGÚN EL CALENDARIO TRIMESTRAL FIRMADO POR LA GERENCIA.

 

 

-         RETRIBUCIONES:

 

 

 

MEDICOS DE FAMILIA DE REFUERZOS

Mensual €

Anual €

 

 

 

Sueldo ( 14 mensualidades)

1.091,02

15.274,28

C.D. (Nivel 24) ( 14 mensualidades)

568,24

7.955,36

C. Específico ( 12 mensualidades) A

381,85

4.582,20

                                                 D

715,32

8.583,84

C. Productividad Factor Fijo ( 12 mensu.)

260,75

3.129,00

C. Atención Continuada (12 mensualid) A

127,35

1.528,20

 

3.144,53

41.052,88

 

 

 

El valor hora de Atención Continuada será de 15 € .

 


 

ENFERMERAS DE REFUERZOS

Mensual €

Anual €

 

 

 

Sueldo ( 14 mensualidades)

925,96

12.963,44

C.D. (Nivel 21) ( 14 mensualidades)

461,40

6.459,60

C. Específico ( 12 mensualidades)

252,84

3.034,08

C. Productividad Factor Fijo ( 12 mensua.)

196,51

2.358,12

C. Atención Continuada (12 mensualid) A

95,51

1.146,12

 

1.932,22

25.961,36

 

 

 

El valor hora de Atención Continuada será de 9.40 €.

 

 

 

-         CALENDARIO: EL HORARIO HABITUAL MENSUAL SERÁ EL HORARIO ANUAL PARA TODA LA ORGANIZACIÓN DIVIDIDO POR 12 MESES. LAS HORAS QUE EXCEDAN CADA MES SERÁN CONTABILIZADAS COMO ATENCIÓN CONTINUADA, respetando el máximo de 48 horas semanales en cómputo trimestral.

 

 

-         Se considera jornada anual para estos trabajadores la correspondiente a turno que desempeñen: rotatorio o diurno, según el desempeño.

 

 

-         En los casos que en su trabajo como apoyo al funcionamiento del EAP deban desplazarse, cobrarán el complemento de itinerancia correspondiente.